Documentación
Estatuto del trabajador autónomo (Descargar en PDF)
IGAPE – Programa Re-Solve. Líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas
Resolución de 28/01/2010 (DOG 03/02/2010)
El Diario Oficial de Galicia de 03 de febrero del corriente año, publica la Resolución de 28 de enero de 2010 por la que se hace público el acuerdo del Consejo de Dirección del Instituto Gallego de Promoción Económica-Igape por el que se modifican las bases reguladoras de las ayudas para la habilitación de líneas de financiación de circulante subsidiado y avalado para autónomos y microempresas (Programa Re-Solve). INSTITUTO GALLEGO DE PROMOCIÓN ECONÓMICA (IGAPE).
Esta Resolución, que entra en vigor el mismo día de su publicación en el DOG, tiene por objeto la modificación del plazo para presentar solicitudes relativas a esta línea de financiación, permitiendo que puedan presentarse hasta el día 30 de junio de 2010.
El objeto de estas ayudas es facilitar el acceso a la financiación para circulante de los autónomos y microempresas.
Las operaciones acogidas a estas bases serán pólizas de préstamo o crédito nuevas, excluyéndose expresamente la substitución de créditos bancarios existentes, con las siguientes condiciones financieras:
- Importe mínimo de las operaciones será de 3.000,00 € y el máximo de 40.000,00 €.
- Su plazo de vigencia será de tres años.
- En el caso de préstamos, el primer año será de carencia, transcurrido éste, el 50% del préstamo será amortizado con periodicidad mensual o trimestral y el 50% restante será amortizado al vencimiento.
- En el caso de pólizas de crédito, el saldo máximo disponible inicial se mantendrá durante el primer año, transcurrido éste, el límite se reducirá en un 25% al principio del segundo año, en otro 25% al final del segundo año y en un 50% al vencimiento.
- El tipo de interés anual será variable por semestres naturales (tipo de referencia: euribor a plazo de seis meses; tipo adicional: el que libremente pacten las partes sin que pueda exceder de 2,75 puntos).
- Las comisiones máximas que la entidad financiera podrá repercutir son: 1,5% apertura, 0,5% estudio. En el caso de póliza de crédito además una comisión de disponibilidad trimestral máxima del 0,5% sobre el saldo medio no dispuesto. Para las comisiones de estudio y apertura, conjuntamente, la entidad financiera podrá estipular un mínimo de hasta 100,00 €.
- Los fondos dispuestos de estas operaciones deberán ser utilizados para la financiación de circulante: nóminas de los trabajadores, impuestos, seguridad social, alquiler, leasing, proveedores, acreedores por prestación de servicios, reparaciones, cuotas de deudas bancarias a largo plazo a su vencimiento y cuotas de leasing.
- Las garantías a favor de las entidades financieras serán el aval de la sociedad de garantía recíproca (SGR) adheridas al Convenio por el 90% del riesgo. Como garantía adicional podrán requerir garantías personales por la parte no avalada por la SGR.
- Las garantías a favor de la SGR serán el reaval del IGAPE en cobertura del 25% del riesgo, y como garantía adicional podrán requerir garantías personales.